domingo, 28 de abril de 2013

Primera parte del Trabajo


En México, al igual que en varios países de América Latina y del Caribe, se está deteriorando, en la vida social, la convivencia armónica y pacífica. Esto sucede por el crecimiento de la violencia, que se manifiesta en robos, asaltos, secuestros, y lo que es más grave, en asesinatos que cada día destruyen más vidas humanas y llenan de dolor a las familias y a la sociedad entera.

Hablar de violencia en México es algo difícil y muy criticado, recordemos que en los últimos años el crimen organizado ha tomado gran parte del territorio nacional, quitándole la vida a miles de personas inocentes.

México se encuentra en las peores situaciones de violencia y todo se puede remontar al sexenio pasado con el inicio de la famosa "guerra contra el narcotráfico" que implementó el ex-presidente Felipe Calderón Hinojosa. Hoy en día podemos hablar que el ahora presidente Enrique Peña Nieto ha decido tomar un nuevo rumbo y cambiar el sentido de esta guerra, pero en lo personal aun no entiendo en qué sentido ha ido debido a que hoy lo único que he podido notar es un silencio y una reducción de cobertura de notas por parte de los medios de comunicación, no sé si será por que el gobierno ha mandado a callar a los medios, o si realmente se ha reducido algo la violencia.

Según los resultados de la primera evaluación de seguridad del gobierno de Peña Nieto, informada por  el jefe de Gobernación Osorio Chong, expusieron que la violencia relacionada o provocada por la delincuencia organizada disminuyo un 17%. Los resultados reportaron que hubo 4,249 asesinatos dolosos y las denuncias de secuestro disminuyeron un 25%. De igual manera, el jefe de Gobernación informo que se han ubicado 121 delincuentes que de los cuales, 44 han sido detenidos o abatidos.

Ahora bien, el publicar el número de ejecuciones cometidas en el país tiene un aspecto positivo, ya que en la administración anterior, la base de datos de homicidios cometidos había desaparecido, por lo tanto, se desconocían las cifras de las ejecuciones. Esto se debe a que el gobierno se dice estar comprometido con una transparencia de datos con los ciudadanos.

El que se diga que hay la intención por parte del gobierno de una transparencia de datos relacionados con la delincuencia organizada no nos asegura nada, ya que como han expuesto algunos diarios americanos, puede ser un intento para cambiar la imagen de México.

Desarrollando un poco más este tema, Los Ángeles Times considera que en estos momentos se le está dando más enfoque a la floja economía del país y a otros asuntos, en vez de la violencia, para atraer inversionistas al país”. El Washington Post destaco las cifras presentadas por la nueva administración mexicana, ya que en el gobierno del ex presidente Calderón, se dejaron de publicar cifras de las muertes por el narcotráfico en septiembre de 2011.

A pesar de estos comentarios de prensa internacional, no es algún secreto que Peña Nieto y otros han expuesto que sus iniciativas (planes anticrimen) no van a tener resultados en semanas o meses, si no en uno o dos años. Referente a esto han comentado expertos sobre el tema, las estrategias de prevención del delito y combate a las adicciones a través de programas sociales que ha impulsado el presidente, podrían a empezar a dar resultados  en mínimo 6 meses.

Además de las estrategias sociales que emprenderá el presidente, consideramos que el hecho que el presidente Enrique Peña Nieto quiera impulsar un mando único policial en México reforzara la seguridad, ya que si se realiza de la manera correcta, esta estará mejor organizada, prepara y equipada.

En conclusión, consideramos que resultados a grosso modo y en un corto tiempo no se pueden ver, ya que la delincuencia organizada es un problema de gran tamaño. Por una parte, si se realizan y le dan el seguimiento requerido a los programas de prevención del delito y adicciones, serán de buena ayuda, ya que como vimos en el documento de los Instrumentos Legislativos Internacionales, la prevención es una herramienta para disminuir o evitar estos problemas. Al mismo tiempo consideramos que sería buena decisión emprender acciones a corto plazo, ya que es un problema que ocurre a diario y a miles de habitantes.

Lo que es claro es que México necesita disminuir la violencia, buscar una buena estrategia que en verdad ataque el problema, no podemos seguir en un país así, donde el futuro de las familias no es de un buen porvenir, la imagen internacional de México se tiene que cambiar ,recuperar la confianza para que turistas regresen al país y sobre todo la inversión regrese.

Equipo:
Aimée Martínez
Youssef Achach
Jose L. Santana

viernes, 19 de abril de 2013

Delincuencia Organizada y Corrupción a Altos Niveles del Estado



La corrupción a altos niveles del Estado representa una amenaza para la estabilidad policial y social de México, ya que atenta contra la legitimidad y legalidad del mismo Estado. Cuando eta corrupción se vincula con la delincuencia organizada, una amenaza latente se extiende a la seguridad nacional de México.
La delincuencia organizada, para lograr la protección en la implementación de sus estrategias, la delincuencia organizada requiere de la protección de altos niveles del Estado mexicano.
Teniendo en cuenta que no existe en México una regulación de las actividades de precampaña, el sistema político mexicano representa un canal efectivo para que la delincuencia organizada logre “matar dos pájaros de un tiro”: lavar dinero y “comprar políticas públicas” que les aseguren la protección estratégica de sus grupos criminales.
Las ligas entre corrupción y delincuencia organizada son estrechas. En un reciente estudio de las Naciones Unidad se analizan cuarenta grupos de delincuencia organizada y se demuestra que treinta de ellos utilizan la corrupción como medio para lograr sus fines, y treinta y tres recurren a la violencia como parte de sus actividades.
Los vínculos entre la delincuencia organizada trasnacional y la corrupción entre los sectores públicos ya están claramente comprobados en cuanto representan una clara amenaza a la seguridad internacional de las naciones y a la estabilidad política mundial. Estos casos confirman la hipótesis de que la relación entre violencia, corrupción y delincuencia organizada es central en la formación e implementación de políticas públicas coordinadas entre los órganos de inteligencia, policías, fiscalías y Poder Judicial.
Las leyes contra la delincuencia organizada tienen por objeto sancionar a la delincuencia organizada, y para ello construyen tipos penales especiales que implican la generación y valoración de nuevos medios de prueba, por lo que representan un nuevo paradigma jurídico-dogmatico en la concepción de la delincuencia organizada.
El trípode en el que se sostienen las organizaciones delictivas son:
·         Violencia: Recurren a esta como medio para establecer su control sobre sus propios miembros, sobre sus competidores y sobre los mercados ilícitos, independientemente del producto que vendan.
·         Corrupción: Atentan contra las autoridades del Estado, particularmente contra la efectividad de las políticas, de la procuración y de la administración de justicia.
·         Obstrucción de justicia: Los grupos criminales buscan evitar la aplicación de la justicia a través de la amenaza y el terror, la compra de testigos, peritos, victimas y autoridades.
El derecho penal tradicional no era capaz de sanciona a los delincuentes organizados y tampoco sus nexos de relación con funcionarios públicos corruptos. El conseguir pruebas de la ejecución de los actos delictivos organizados es extraordinariamente difícil cuando se utiliza el trípode: violencia, corrupción y obstrucción de la justicia.
Dadas estas dificultades para encontrar elementos de prueba contra los miembros de la delincuencia organizada dentro del marco sustantivo y procesal tradicional, las nuevas leyes contra la delincuencia organizada establecen un tipo penal en el que se facilita la sanción de los directivos, ya que se sanciona el mero acto de pertenecer a una organización que comete delitos. En consecuencia, el tipo penal de delincuencia organizada no tipifica nuevas conductas.
El tipo penal de participación delictiva organizada tiene una estructura lógica de doble piso: es un delito pertenecer a una organización que comete delitos. El primer elemento hace referencia a la participación en una organización. El segundo es que esta organización comete delitos (delitos – predicado).
Los delitos de delincuencia organizada no incluyen nuevas prohibiciones a los ciudadanos, ya que no amplían la esfera de las conductas prohibidas.  Se puede decir, que todo lo que prohíbe el nuevo delito esta ya incluido en el tipo penal del primero. El nuevo tipo no tiene que ver con la prohibición de conductas nuevas, sino con una sistemática que permite probar y sancionar las conductas criminales de delincuencia organizada. Para ellos distingue, a efectos de la sanción, entre delitos predicado (de primer piso) y el delito de pertenencia (de segundo piso).
Para lograr la investigación de la delincuencia organizada y de los fenómenos de corrupción que le rodean es necesario utilizar nuevos medios de investigación y nuevas estrategias. Las organizaciones de delincuencia organizada tiene un halo de protección interno fundado en las reglas del secreto absoluto de la organización, esto se denomina “la ley de silencio u omertá”. Por lo tanto, para investigar estos elementos es necesario extraer o insertar un elemento del circulo de protección. Solo de esta manera se puede desarrollar una investigación contra estos fenómenos delictivos.
Las técnicas anteriores pueden ser agrupadas en estrategias de investigación orientadas de la siguiente manera:
·         Hacia adelante (Forward looking): Normalmente son las que introducen elementos probatorios de alto impacto procesal. Esto se debe a que algunos de los delitos predicados no han sido cometidos.
·         Hacia atrás (Backward looking): En estas, normalmente los delitos- predicado y los de segundo piso ya fueron cometidos.
Las técnicas de investigación implican otorgarle más poder a las policías, jueces y fiscales. Debe existir un equilibrio de estos poderes y un respeto de los derechos humanos.
Las reglas de la valoración de la prueba en casos de delincuencia organizada han de ser distintas de la reglas de valoración de la prueba en el derecho penal tradicional.
Los grupos de delincuencia organizada han utilizado la corrupción en el sector público como instrumento para enfrentar a los Estados con impunidad y quebrantar el Estado de derecho de forma cada  vez más notoria en los últimos años.
Controlar y luchar en contra de la corrupción en el sector público es una condición necesaria si en verdad se pretende alcanzar u desarrollo político y económico sostenido que permita combatir la pobreza y las marcadas diferencias sociales a escala mundial. En este contexto, podemos distinguir cinco diferentes niveles de penetración de la delincuencia organizada en los sectores públicos:
·         Primer nivel: Soborno, que consiste en ofrecer u otorgar a un agente en particular cualquier tipo de beneficio a cambio de la realización de un acto. La oferta o solicitud del soborno en este nivel se da por solo una ocasión.
·         Segundo nivel: Los actos de soborno son continuos y periódicos y en donde el agente publico ya se encuentra en la nomina del grupo delictivo. Con el objeto de evitar los actos de soborno en este nivel, consideramos importantes medidas como la de reforzar el estatus socioeconómico de los servidores públicos con salarios justos y competitivos, complementado con un servicio civil de carrera adecuado.
·         Tercer nivel: Son infiltradas las agencias gubernamentales en forma esporádica dentro de las posiciones oficiales de rango medio.
·         Cuarto nivel: Infiltración gubernamental en los niveles mas altos, a lo que algunos autores definen como captura del Estado. Con el objeto de evitar este nivel de infiltración, consideramos vital que los gobiernos reglamenten sobre una mayor transparencia en los procesos de nombramientos, basados, entre otras cosas, en una investigación patrimonial previa del candidato y sus familiares y allegados. Estas investigaciones deberían realizarse a través de la Unidad de Inteligencia Financiera autónoma.
·         Quinto nivel: Infiltración de la delincuencia organizada en los sectores públicos se produce cuando los grupos de delincuencia organizada logran participar en precampañas o en campañas políticas financiando o apoyando a través de los medios de comunicación o comprando votos y corrompiendo los procesos electorales democráticos. La infiltración a este nivel puede llegar a tal grado que la delincuencia organizada controle al Estado en sus decisiones más importantes, lo que equivale a comprobar sus políticas públicas. Para evitar este nivel de infiltración se considera importante que los gobiernos incrementen el apoyo financiero a los partidos políticos y a las campañas electorales, minimizando la necesidad de los políticos de obtener fondos precampaña o campaña a través del sector privado; fortalecer la legislación referente a la concentración de medios de comunicación y combatir sus monopolios; incrementar la transparencia de los contribuyentes a campañas y publicar los antecedentes de los candidatos a puestos de alto nivel, así como crea una unidad de inteligencia financiera autónoma que trabaje de la mano de la agencia encargada de monitorear el cumplimiento de las leyes electorales.
La infiltración manifestada a través de la corrupción del Estado por parte de organizaciones criminales es así utilizada para evadir los sistemas legales y se manifiesta en áreas tales como el lavado de dinero y el tráfico de drogas. Es así como el sistema judicial en su totalidad debe suministrar un control esencial sobre otras instituciones públicas.
La corrupción sistemática de la burocracia pública también genera posibilidades de una mayor infiltración de las organizaciones criminales.
 Los modelos dirigidos a romper con estos vínculos simbióticos entre corrupción pública y organización organizada suponen la implementación de medidas tales como:
·         Promulgar marco normativo que regule la financiación de las actividades de las precampañas políticas.
·         Activar y proporcionarle la autonomía institucional de la Unidad de Inteligencia Financiera.
·         Instalar mecanismos tecnológicos más avanzados para detectar patrones complejos de transacciones ilegales ligados a la corrupción, delincuencia, etc.
·         Una menor concentración de las funciones de organización interna de la agencia gubernamental aglutinados en las manos de cada vez menos directivos.
·         Mayor transparencia en los procedimientos administrativos.
·         Instalación de un sistema de alerta temprana que permita la detección de los patrones de casos en donde un funcionario público o dependencia publica abuse su discrecionalidad de manera sistemática.
·         Un mejorado control de la decisión judicial para logra una reducción de la “compra de resoluciones de jueces y fiscales”. Prudencia por parte del Poder Judicial. 

Sintesis: Articulos de Edgardo Buscaglia


Cooperación Internacional: ¿Seguridad humana o pax mafiosa?
La crisis humanitaria y de seguridad humana que vive hoy México le presenta a la administración de Enrique Peña Nieto no sólo desafíos históricos, sino también oportunidades para recuperar su liderazgo internacional.
Una empresa criminal es un grupo organizado de personas que gestiona y realiza transacciones frecuentes de bienes y servicios ilegales o bien legales pero a través de canales ilícitos. Sus estructuras incluyen directorios ejecutivos que suelen estar integrados por políticos y empresarios legalmente constituidos en los registros de la propiedad mercantil de diversos países. Las empresas criminales transnacionales participan en el intercambio de 23 tipos de bienes y servicios
La expansión de las empresas delictivas a todos los países se gestiona con el fin de obtener insumos como las materias primas, precursores o seres humanos de países pobres luego establecer capacidades de producción y distribución para finalmente vender el producto o servicio y colocar e integrar sus capitales de origen ilícito en los 20 países de mayor poder adquisitivo, que concentran el 68% del lavado de dinero mundial.
La coordinación entre Estados para reprimir a las empresas criminales y la convergencia entre organizaciones de la sociedad civil y el Estado para prevenir la captura del tejido social por las mismas, dejan aún mucho que desear. Con raras excepciones, las sociedades civiles no cooperan operativamente más allá de conferencias lujosas o reportes financiados por ricas organizaciones o Estados integrantes de la ocde. Los Estados normalmente se limitan a reaccionar ante el crimen organizado y a coordinar parcialmente sus actividades en el nivel regional
Un Estado débil por falta de controles, que genere mayor represión sin brindar justicia ni desmantele el patrimonio criminal y carezca de prevención social, sufrirá más violencia organizada y mayor corrupción. Este es el caso de México durante los últimos 10 años.
Los Estados han homogeneizado sus marcos legales muy lentamente al ratificar dos instrumentos de la onu: la Convención contra la Delincuencia Organizada, conocida como la de Palermo, y contra la Corrupción, también llamada de Mérida.
Sin embargo, a la hora de valorar la aplicación real de los artículos de estas convenciones de la onu se observa que, realmente, México solo lleva a la práctica un 43% de las cláusulas de coordinación internacional de la Convención de Palermo y un 15% de las del capítulo de coordinación internacional de la Convención de Mérida para combatir a la corrupción política, tanto mexicana como extranjera.
En lo que se refiere a la aplicación real de medidas de investigación, los mecanismos de coordinación internacional entre cuerpos policiacos han avanzado gracias a la intermediación y la asistencia técnica de la Interpol. La actual descoordinación internacional en áreas de inteligencia operativa limita la capacidad de los Estados para identificar, incautar y decomisar el tsunami de productos derivados de 22 tipos de delitos económicos organizados, y por lo tanto para reducir los incentivos económicos de las empresas criminales de diverso origen en cuatro continentes y con cabezas de playa en México.
En este marco de cooperación internacional limitado, Estados Unidos focaliza sus programas antilavado con México en las drogas, dejando de lado los delitos trasnacionales mucho más graves. A esta defectuosa coordinación entre Estados Unidos y México se le suma el aún escaso intercambio de análisis de inteligencia basado en la desconfianza de sucesivos gobiernos estadounidenses
No existe más clara muestra de los vacíos de coordinación y sesgos de represión que la fallida Iniciativa Mérida. La Iniciativa Mérida no funciona con base en el verdadero organigrama de las mafias regionales. Ya no es posible separar el flujo patrimonial que el tráfico de drogas le genera a un grupo y el dinero producto de los otros 21 tipos de delitos organizados.
Los programas de cooperación entre México y Estados Unidos propuestos hasta el momento no abordan los enormes vacíos regionales en materia de prevención social de la delincuencia organizada, tampoco abordan la hasta ahora fallida coordinación interinstitucional entre poderes judiciales y fiscales a nivel internacional.
Este claro vacío de capacidades interinstitucionales internacionales representa para México la oportunidad de enfrentarlo con un replanteamiento mucho más abarcador y global de los programas de cooperación. Y puede hacerlo profundizando operativamente los programas de cooperación con la Unión Europea (ue) en lo relativo a la prevención social de la delincuencia organizada. Por lo tanto, el modelo de seguridad estadounidense continúa fallando, mientras que el europeo produce los mejores resultados en seguridad humana.
Hay que recordar que la cooperación internacional es una condición necesaria, pero está lejos de ser suficiente para que las instituciones mexicanas demuestren que sí contienen a grupos criminales y lo hagan mediante el único resultado que realmente cuenta: la reducción consistente en las frecuencias de 22 tipos de delitos económicos organizados.
Al adoptar una política de seguridad humana integral a través de una cooperación técnica global, y no sesgada hacia Estados Unidos, la nueva administración federal mexicana le permitirá al país recuperar su rol como líder en la armonización regional de políticas judiciales, económicas, sociales y regulatorias



Seguridad Humana: la transición hacia una democracia con Estado de Derecho

México es el segundo país del planeta con mayor flujo de capitales del crimen.
Todo país que desee progresa de manea sostenible, social y económicamente hablando, no puede estar caracterizado por el saqueo caóticamente “pirañesco” de su elite político – empresarial – sindical.
Se ha expuesto, que hasta la corrupción política debe poseer una regulación de Estado y no se debe permitir que cualquier interés legal o ilegal, por debajo de la mesa, pueda llegar a colocar su dinero en el mercado de compraventa de políticos, tal como hoy sucede en México.
La corrupción política organizada también causa daño social, aunque menor, ya que deslegitima al Estado. Lo cierto es que la corrupción desorganizada y sin controles que viven hoy, invita a empresas criminales de origen nacional y extranjero a establecer cabeza de playa con franquicias para cometer actos predatorios de mayor daño social.
Desmantelar y prevenir a la delincuencia organizada es siempre un trabajo de coordinación internacional entre Estados y sociedades, el fortalecimiento de la seguridad nacional y seguridad humana en México requiere primero fortalecer a su Estado con la mayor de las urgencias.
México se encuentra dentro de u ya largo “limbo” sin haber culminado todavía su transición política hacia una democracia. Un síntoma de la alternancia en el poder sin esta transición lo ha el hecho de que los supuestos representantes populares en México todavía no han definido acuerdos políticos con el propósito de delinear e implementar en la práctica aquellos controles judiciales, patrimoniales, y socialmente preventivos que hagan reducir los comportamientos antisociales.
Una sociedad sin controles regulatorios de sus comportamientos antisociales mas predatorios se transforma tarde o temprano en un bazar criminal patrimonial internacional para cometer delitos predatorios, como lo es hoy México. De esta manera, no se podrá aspirar a un crecimiento económico sostenido y menos todavía a un sistema político estable.
Para que una transición hacia una democracia se traduzca en instituciones de control con Estado de Derecho democráticamente acordadas, los actores políticos deben contemplar que pagaran un alto costo personal y/o político si no instruyen controles regulatorios a sus propios comportamientos antisociales.
La prioridad del próximo Gobierno Federal será la de instituir controles política y socialmente acordados. Esto incluirá a las reformas judiciales, hasta hoy mal implementadas o aun no implementadas por falta de acuerdos políticos. Por estos acuerdos tenían que ir mas allá de la seguridad pública y concebir políticas públicas de seguridad humana que incluyan además consensos sobre controles patrimoniales, generando concesos sobre controles ambientales y controles de prevención social educativos sanitarios – laborales – alimentarios, que previenen que el tejido social de regiones enteras en México sea “capturado” por empresas criminales que actúan hoy como paraestados.
Estos cuatro tipos de controles constituyen las llamadas políticas de seguridad humana, las cuales deben ser coordinadas a través de una policía legislativa que sea implementada a través de gabinetes de seguridad humana a los tres niveles.
Dos problemas de orden práctico deben ser satisfactoriamente resueltos por las nuevas autoridades para garantizar la sostenibilidad y puesta en practica de los controles antes mencionados. El primer problema a resolver es acordar los mecanismos institucionales legítimos a través de los cuales se establecerán estos controles judiciales, patrimoniales, y socialmente preventivos para que no sean boicoteados por uno u otro partido a la hora de su implementación.
El segundo problema sería acordar los criterios de aplicación de estos controles judiciales y patrimoniales para que operen sobre la misma elite político – empresarial – sindical mexicana.
Las mejores prácticas internacionales de sostenibilidad democrática indican que controles judiciales, patrimoniales y socialmente preventivos deberán ser delineados, aprobados y monitoreados en su implementación técnica a través de comisiones especializadas del Congreso de la Unión y de los congresos locales con todos los partidos representados en ellas.
El segundo problema critico para el establecimiento de medidas esenciales que logren afianzar la seguridad humana y nacional será el de políticamente acordar y abordar los criterios de implementación de estos controles judiciales y patrimoniales ya dichos. En este sentido, la prioridad es siempre asignarle a todo recurso humano y material posible a la prevención y castigo certero de los delitos económicos predatorios.
México no lograra salir de la actual encrucijada de inseguridad humana y nacional hasta que su sistema político, bajo mayor presión, democráticamente defina y realmente implemente los controles referidos a través de poderes legislativos, con dientes, y a través de una sociedad civil menos discursiva y más monitora. 

jueves, 18 de abril de 2013

Analisis: Violencia a partir del mandato de Enrique Peña Nieto



En el siguiente ensayo se hará un análisis sobre la violencia a partir del mandato de Enrique Peña Nieto que comenzó el 1 de diciembre de 2012.
Según los resultados de la primera evaluación de seguridad del gobierno de Peña Nieto, informada por  el jefe de Gobernación Osorio Chong, expusieron que la violencia relacionada o provocada por la delincuencia organizada disminuyo un 17%. Los resultados reportaron que hubo 4,249 asesinatos dolosos y las denuncias de secuestro disminuyeron un 25%. De igual manera, el jefe de Gobernación informo que se han ubicado 121 delincuentes que de los cuales, 44 han sido detenidos o abatidos.
Ahora bien, el publicar el número de ejecuciones cometidas en el país tiene un aspecto positivo, ya que en la administración anterior, la base de datos de homicidios cometidos había desaparecido, por lo tanto, se desconocían las cifras de las ejecuciones. Esto se debe a que el gobierno se dice estar comprometido con una transparencia de datos con los ciudadanos.
El que se diga que hay la intención por parte del gobierno de una transparencia de datos relacionados con la delincuencia organizada no nos asegura nada, ya que como han expuesto algunos diarios americanos, puede ser un intento para cambiar la imagen de México.
Desarrollando un poco mas este tema, Los Angeles Times considera que en estos momentos se le está dando más enfoque a la floja economía del país y a otros asuntos, en vez de la violencia, para atraer inversionistas al país”. El Washington Post destaco las cifras presentadas por la nueva administración mexicana, ya que en el gobierno del ex presidente Calderón, se dejaron de publicar cifras de las muertes por el narcotráfico en septiembre de 2011.
A pesar de estos comentarios de prensa internacional, no es algún secreto que Peña Nieto y otros han expuesto que sus iniciativas (planes anticrimen) no van a tener resultados en semanas o meses, si no en uno o dos años. Referente a esto han comentado expertos sobre el tema, las estrategias de prevención del delito y combate a las adicciones a través de programas sociales que ha impulsado el presidente, podrían a empezar a dar resultados  en mínimo 6 meses.
Además de las estrategias sociales que emprenderá el presidente, considero que el que el Peña Nieto quiera impulsar un mando único policial en México reforzara la seguridad, ya que si se realiza de la manera correcta, esta estará mejor organizada, prepara y equipada.
En conclusión, yo considero que resultados a grosso modo y en un corto tiempo no se pueden ver, ya que la delincuencia organizada es un problema de gran tamaño. Por una parte, si se realizan y le dan el seguimiento requerido a los programas de prevención del delito y adicciones, serán de buena ayuda, ya que como vimos en el documento de los Instrumentos Legislativos Internacionales, la prevención es una herramienta para disminuir o evitar estos problemas. Al mismo tiempo considero que sería buena decisión emprender acciones a corto plazo, ya que es un problema que ocurre a diario y a miles de habitantes.
Por otro lado, no considero del todo mal que se le este prestando “mas” atención a otros temas en el país, como el de la economía, ya que si estos promueven a que inviertan en el país nos está dando un beneficio y otra imagen. 


viernes, 12 de abril de 2013

Sintesis: Instrumentos Legislativos Internacionales y Regionales



Las reglas de Beijing
La Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó treinta reglas mínimas para la administración de la justicia de menores, conocidas también como Reglas de Beijing.
Los principios generales establecidos en estas reglas, se inspiran en la concepción de que una política social constructiva respecto al menor puede y debe desempeñar un rol fundamental en la prevención del delito y de la delincuencia juvenil.
Se pueden anotar que las definiciones de menor y menor delincuente reflejan la necesidad de escoger formulas aplicables en los distintos sistemas jurídicos: Menor es todo niño o joven que, con arreglo al sistema jurídico respectivo, puede ser castigado por un delito en forma diferente a un adulto, y menor delincuente es todo niño o joven al que se ha imputado la comisión de un delito o se le ha considerado culpable de la comisión de un delito.
Otro punto desarrollado por las Reglas de Beijing atañe al rol de la prisión preventiva en la pena que se atribuye a los menores delincuentes.
El sistema carcelario presenta evidentes aspectos negativos si se considera, entre otras cuestiones, que en un espacio tan reducido, personas provenientes de diferentes contextos deben transcurrir días juntos. Por eso, es  preciso evitar en todo caso que un menor delincuente que no pertenezca a ningún grupo criminal entre en contacto con realidades que podrían agravar su condición personal, o sufra influencias corruptoras.

La Convención de las Naciones Unidad sobre los Derechos del Niño
La Convenció sobre los Derechos del Niño adoptada el 20 de noviembre de 1989 por la Asamblea General de las Naciones Unidad. En su artículo 3ro se clarifica que “en todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será el interés superior del niño”.
Uno de los principios internacionalmente reconocidos para un correcto desarrollo del niño es el de su permanencia en el contexto familiar.
El artículo 9.1 establece que los Estados velaran por que el niño no sea separado de sus padres contra la voluntad de estos, excepto que cuando las autoridades competentes determinen que tal separación es necesaria en el interés superior del niño.
Esto se da, a que no obstante que queda muy claro lo importante que resulta la presencia y el rol de los padres en la socialización de un niño, podemos preguntarnos: ¿hasta qué punto puede influir negativamente en el desarrollo moral y social de un niño el hecho de tener un padre o una madre mafiosos? El alejamiento mafioso de origen podría ser una solución si fuera aplicada de manera atenta y siempre teniendo en cuenta la peculiaridad de cada situación.
Además, en la Convención se especifica que los Estados partes reconocen el derecho de todo niño a un nivel de vida adecuado para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social. Y proclama que a los padres u otras personas encargadas del niño les incumbe la responsabilidad primordial de proporcionar, dentro de sus posibilidades y medios económicos, las condiciones de vida que sean necesarias para el desarrollo del niño.
En el artículo 32 de la Convención prevé que los Estados partes reconocen el derecho del niño a estar protegido contra la explotación económica y contra el desempeño de cualquier trabajo que pueda ser peligroso o entorpecer su educación, o que sea nocivo para su salud o para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social.
El artículo 33, obliga a los Estados partes, a través de cualquier tipo de medidas, a proteger a los niños contra l uso ilícito de los estupefacientes y sustancias psicotrópicas enumeradas en los tratados internacionales pertinentes, y para impedir que se utilice a niños en la producción y el trafico ilícitos de esas sustancias.
Las Directrices de Riad
Sobre la prevención de la delincuencia juvenil, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó en 1990 las Directrices de Riad.
Estas indican que los Estados deberían utilizar medidas dirigidas, entre otras, a la creación de oportunidades, en particular educativas, para atender a las diversas necesidades de los jóvenes y servir de marco de apoyo para velar por el desarrollo personal de todos los jóvenes. Así también como a la constitución de una red de servicios, cuya finalidad sea reducir los motivos, la necesidad y las oportunidades de comisión de las infracciones o las condiciones que las propicien.
Al igual incluye directrices relacionadas a la administración de justicia de menores y se confirma lo que ya había sido expresado en otros instrumentos ante analizados. En concreto, establece que solo deberá recluirse a los jóvenes en instituciones como último recurso y por el periodo mínimo necesario.
La Convención del Palermo y su Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, especialmente mujeres y niños.
Los grupos de delincuencia en los cuales participan o son víctimas los menores son fenómenos presentes en muchos países del mundo desde hace ya varios años, y sin embargo, ni la Convención ni sus protocolos han incluido ningún artículo sobre la criminalización de la utilización de menores de edad por grupos de delincuencia organizada, ni tampoco se ha incluido como circunstancia agravante en la sanción prevista para el delito de participación en grupos de delincuencia organizada.
Recomendaciones del Consejo de Europa
La última recomendación que será analizada, la cual es la más reciente, habla sobre las nuevas modalidades de tratamiento de la delincuencia juvenil y el rol de la justicia juvenil.
Los expertos que han elaborado este documento confirman la certeza de que el derecho penal tradicional no es la respuesta apta para afrontar y solucionar el problema de la delincuencia juvenil, y recomiendan a los Estados que adopten un enfoque más estratégico, sugiriendo también nuevas respuestas posibles.
La recomendación invita a los Estados miembros a considerar en sus políticas internas el desarrollo de medidas alternativas a las habituales sanciones judiciales, el fomento de estudios que analicen las tasas de reincidencia, así como la ulterior contraindicación en la utilización de la detención cautelar. 

viernes, 15 de marzo de 2013

Normatividad Juridica y Estado moderno


Derecho, Soberanía y Poder
El concepto sociológico del derecho coincide con la definición que del mismo han hecho los juristas, en cuanto que en ambos se destaca a la coacción física como el carácter distintivo de este orden normativo frente a los otros patrones de conducta que se encuentran vigentes en la sociedad.
La necesidad de aprobación social es la principal motivación del individuo para actuar de acuerdo con los órdenes normativos de la sociedad. Pero esta necesidad no es en sí misma suficiente para garantizar una estabilidad permanente de las estructuras sociales que están basadas en la renunciación instintiva del hombre.
El orden institucional estatal adquiere el carácter de jurídico cuando recibe el reconocimiento de su legitimidad como tal, y al disponer del monopolio de la coacción física. Este es definido por Max Weber como “un instituto político de la actividad continuada, cuando y en la medida que su cuadro administrativo mantenga con éxito, la pretensión del monopolio legitimo de la coacción física para el mantenimiento del orden vigente”.
El monopolio de la coacción es lo que lleva al reconocimiento de la figura del Estado. Es la legitimidad del ordenamiento jurídico, el que al reclamar para si el control de la coacción física, establece así las bases de la llamada soberanía estatal.
Heller establece que la esencia de la soberanía consiste en la capacidad o facultad para positivizar las normas jurídicas de mas alto rango de la comunidad; dentro del orden jurídico del Estado moderno no existe positividad jurídica sin soberanía.
Para considerar a un Estado como soberano, se requiere que este mantenga el monopolio legítimo de coacción. El Estado tiene que ser la organización del poder suprema, que configura el orden normativo jurídico y lo aplica sin ninguna limitación dentro del territorio en el cual ejerce su soberanía.
Debemos distinguir entre el poder del Estado y la soberanía del mismo. El primero solo es uno de los medios que el Estado tiene por el hecho de ser soberano, esto es, la probabilidad de imponer la propia voluntad dentro de una relación social aun en contra de toda resistencia. Este poder le viene como consecuencia de su propia soberanía.
El Estado es producto de la convivencia, es el resultado de la comunidad de las fuerzas sociales que requieren de un control que las equilibre y canalice. El Estado se configura por medio de ordenamientos que le confieren validez y legitimidad en su nacimiento y en su posterior desarrollo.
Poder social es la objetivación de las fuerzas sociales que hace nacer ese orden jurídico.
El hecho constituyente presenta dos aspectos, el primero es la objetivación de esas fuerzas sociales en un orden normativo; y el segundo se refiere a la estructuración del poder que asegura la vigencia de ese nuevo orden.
Las constituciones políticas que rigen la vida pública de los países están configuradas por dos tipos de ordenamientos jurídicos:
·        Los que forman la parte dogmatica y que se refieren a la regulación de los principios básicos del orden jurídico que representan
·        Los que configuran el aspecto orgánico que comprende la estructuración reglamentaria de los órganos del poder.
Normas jurídicas y legitimación del poder político
Cuando se legitima un orden jurídico, también se está legitimando al poder que lo ampara. La realización del valor justicia es el principio de la legitimación del orden político-social; a través de ella el mero hecho de dominación adquiere un carácter legitimo.
“Legitimación en este sentido es la valoración de la acción según los valores comunes o participados según la importancia de la acción en el sistema social”.
Como proceso operativo en la estructura social, la legitimación de la dominación no depende de la naturaleza de los valores que en si misma encierra, sino de la conjunción de varias variables, como son los valores mismos, la justificación cognoscitiva, y la asimilación interna de los valores de la comunidad. Con esto, podremos relacionar a la autoridad legítima, como institución social a los siguientes criterios
·        La legitimación con respecto a los valores generales de la sociedad.
·        La posición que la autoridad tiene en el sistema de funciones o colectividades a que se aplica.
·        El tipo de situación con que han de enfrentarse quienes están revestidos de autoridad.
·        Las sanciones que, por una parte, están a su disposición, y, por otra, pueden ser impuestas por otros con relación a sus acciones.
Kelsen establece que un orden jurídico es justo cuando regula la conducta de los hombres de una manera tal que a todos satisface y a todos permite alcanzar la felicidad. Por felicidad se refiere a la satisfacción de ciertas necesidades que son reconocidas como tales por la autoridad social o el legislador y que son dignas de ser satisfechas.
Un sistema positivo de valores no es la creación arbitraria de un individuo aislado sino que es siempre el resultado de influencias individuales reciprocas dentro de un grupo dado.
El movimiento dialectico se acelera en los movimientos revolucionarios, cuando se rompe el equilibrio entre el derecho positivo formal y estático y los valores y necesidades que la sociedad demanda y que el consenso social considera que no se realizan ni satisfacen y, por lo tanto, el orden jurídico formal no realiza los sentimientos, aspiraciones y metas de la sociedad. Así que se reinicia la lucha entre tesis, derecho vigente, y antítesis, aspiraciones sociales, para crear una nueva síntesis que se objetivísima en un nuevo orden jurídico.
Cuando se logra que el poder quede estructurado, limitado y posibilitado por un orden normativo, estamos frente a la llamada dominación legitima.
Todos los tipos de dominación aspiran a ser considerados como legítimos, aunque el motivo fundamental del reconocimiento de la dominación no es en realidad la legitimidad.  El sujeto sometido a la dominación obedece formalmente sin dar un juicio de valor sobre dicho contenido.
En la relación con la estructura de dominación del Estado moderno, encontramos las caracterisiticas siguientes:
·        El monopolio de los medios de administración y dominación.
·        Un aparato administrativo que realiza sus funciones dentro de un ordenamiento jurídico.
·        El monopolio de la creación de las leyes y el uso legitimo de la fuerza por el gobierno central.
·        La vinculación con la autoridad de todos los actos de las personas que tienen lugar en su jurisdicción.
·        El uso legitimo de la fuerza física en su territorio.
·        La organización de oficinas públicas.
·        El cuadro administrativo y los medios materiales de administración se dan en forma separada.

Fuerzas sociales y normatividad jurídica
La actividad entre derecho, por un lado, y fuerzas sociales, por el otro, trata de llegar al equilibrio siempre inestable de la correlación entre derecho y fuerzas sociales. En sentido sociológico, el poder es la capacidad de imponer l voluntad aun en contra de la voluntad de las personas hacia las que va dirigido ese acto, por lo tanto, esa imposición debe estar limitada.
En cambio, el derecho tiene a ser restrictivo, conservador, circunscribe el actuar tanto de los particulares como de las autoridades públicas.
Así, pues vamos que la base fundamental del Estado es la expresión normativa del hecho constituyente, del poder predominante, objetivación de procesos sociales, pero no solo eso, sino además, la continuación del poder legitimado con los diferentes cambios que el derecho puede, en un momento dado tener.
El legislador debe tratar de mantener una correspondencia entre el derecho y las condiciones sociales del momento. Las fuerzas y necesidades sociales son la matriz en la que se crea el derecho. Las fuentes del derecho, de acuerdo con la escuela sociológica del derecho, son las necesidades sociales.
Cuando el orden normativo no refleja las fuerzas sociales, cuando estas y el derecho no tienen una adecuación, se puede llegar a un Estado revolucionario: se produce una alteración en las relaciones fundamentales del poder; hay una rotura del orden jurídico vigente; las fuerzas sociales rompen la estabilidad social configurada por el derecho, este se sustituye por el imperio de la violencia. El movimiento revolucionario surge cuando el orden normativo solo tiene validez formal y no real.
A consecuencia de un movimiento revolucionario el orden jurídico pierde su vigencia que, como dijimos, es el resultado de la voluntad del reconocimiento, de la convicción ética que los miembros del grupo tienen ya sea frente a la norma, ya sea frente a la autoridad que la dicto. Ese nuevo orden debe tender a la realización del valor justicia.
La fundamentación del sistema jurídico debe contar con la adhesión de toda la comunidad o de la mayoría de ella. Solamente así podemos estar ante una situación jurídica normal.